El Consejo de Seguridad,
Expresando su constante
preocupación por la grave situación en el Oriente Próximo.
Insistiendo en la
inadmisibilidad de la adquisición de territorios por medio de la guerra y en
la necesidad de trabajar por una paz justa y duradera, en la que todos los
Estados de la zona puedan vivir con seguridad.
Insistiendo además en que
todos los Estados Miembros, al aceptar la Carta de las Naciones Unidas, han
contraído el compromiso de actuar de conformidad con el artículo 2 de la
Carta,
1. Afirma que el acatamiento
de los principios de la Carta requiere que se establezca una paz justa y
duradera en el Próximo Oriente, la cual incluya la aplicación de los dos
principios siguientes:
1) Retirada de las fuerzas
armadas israelíes de territorios que ocuparon durante el reciente conflicto
2) Terminación de todas
las situaciones de beligerancia o alegaciones de su existencia, y respeto y
reconocimiento de la soberanía, integridad territorial e independencia
política de todos los Estados de la zona y de su derecho a vivir en paz
dentro de fronteras seguras y reconocidas y libres de amenaza o actos de
fuerza;
2. Afirma además la
necesidad de:
a) Garantizar la libertad
de navegación por las yias internacionales de navegación de la zona.
b) Lograr una solución
justa del problema de los refugiados;
c) Garantizar la
inviolabilidad territorial e independencia política de todos los Estados de
la zona, adoptando medidas que incluyan la creación de zonas desmilitarizadas
3. Pide al Secretario
General que designe un Representante Especial que mar che al Próximo Oriente,
para establecer y mantener contactos con los Estados interesados a fin de
promover un acuerdo y de ayudar en los esfuerzos para lograr una solución
pacífica y aceptada, de acuerdo con las disposiciones y principios de la
presente resolución.
4. Pide al Secretario
General que informe lo antes posible al Consejo de Seguridad sobre el progreso
de los esfuerzos del Representante Especial.